El 28 de diciembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan determinadas disposiciones de la Ley del Mercado de Valores y de la Ley de Fondos de Inversión. (Diario Oficial de la Federación), y entró en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el 29 de diciembre de 2023.
El decreto establece que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (“Ministerio”), previa opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y del Banco de México, deberá emitir en un plazo no mayor a 365 días, contados a partir de la fecha de su publicación, disposiciones de carácter general secundario, en materia de desarrollo sustentable, con el fin de fortalecer el gobierno corporativo, la adopción de mejores prácticas de mercado y la igualdad de género en las sociedades, emisoras y otros participantes que operan dentro del mercado de valores mexicano. Esto último ya estaba previsto en la Estrategia de Movilización de Financiamiento Sostenible, publicada por el Ministerio el 18 de septiembre de 2023, que establece plazos y objetivos para la emisión de normas de sostenibilidad, con el objetivo de continuar con la movilización de capital verde público y privado, alineados. con los compromisos internacionales en materia de cambio climático, asumidos por el gobierno mexicano.
Con la emisión de estas disposiciones, México se convertirá en uno de los primeros países latinoamericanos en establecer obligaciones regulatorias en materia de desarrollo sustentable.
Con la incorporación del Artículo 9 Bis a la Ley del Mercado de Valores, se espera que la Secretaría, la CNBV y el Banco de México emitan disposiciones secundarias que establezcan obligaciones en materia de desarrollo financiero sustentable. Las entidades reguladas incluyen las sociedades de bolsa, las sociedades de promoción de inversiones bursátiles, los emisores, los emisores simplificados, las casas de bolsa, las bolsas de valores, las instituciones para el depósito de valores, las contrapartes centrales de valores, los proveedores de precios, las empresas que administran sistemas para facilitar las transacciones con valores y las agencias calificadoras de valores.
En el caso de las sociedades anónimas, cuyo negocio está enfocado a la sostenibilidad, las posibilidades de obtener financiación son actualmente muy limitadas debido a la falta de fuentes de financiación enfocadas a productos con criterios ambientales, sociales y de gobernanza. Por lo anterior, como parte de la reforma a la Ley del Mercado de Valores, se propone una opción simplificada que permita a las pequeñas y medianas empresas acceder a los diferentes instrumentos de financiamiento a un costo accesible, dándole así más dinamismo al mercado de valores mexicano al brindar más opciones. para la colocación de capital con enfoque sustentable. Se espera que, junto con las disposiciones secundarias, el Ministerio emita los correspondientes lineamientos para facilitar el otorgamiento de préstamos y garantías a empresas verdes y sustentables, así como lineamientos para el desarrollo de programas internos de gobierno corporativo para las empresas que deseen obtenerlo. tipo de financiación.
Asimismo, el decreto hace referencia a la promoción de la sostenibilidad a través de la adopción de políticas de igualdad de género en el sector bursátil, las cuales también serán desarrolladas por la Secretaría con base en estas disposiciones secundarias, promoviendo así la inclusión de las mujeres en el sistema financiero mexicano.
Se espera que, con base en estas modificaciones regulatorias, la transición al capital verde continúe brindando un entorno acogedor y una fuente de financiamiento más transparente e innovadora para cualquier proyecto sostenible.
Las autoridades mexicanas encargadas de emitir las disposiciones generales secundarias para las finanzas sostenibles, aún se encuentran en una etapa preparatoria, sin embargo este proceso tiene ciertas similitudes con el que siguen la gran mayoría de los países europeos, principalmente con el caso de España. La Ley 11/2018, por la que las Cortes Generales modificaron el Código de Comercio y la Ley de Sociedades de Capital, fue la primera norma que estableció obligaciones relacionadas con la información sobre sostenibilidad, desarrollando específicamente disposiciones relacionadas con la divulgación de información financiera y no financiera, información sobre temas ambientales, la consideración de índices de contaminación, criterios para la implementación de la economía circular y la gestión de residuos, así como la divulgación de estrategias en temas sociales internos relacionados con el personal que labora en dichas empresas.
En México, la Estrategia de Movilización de Financiamiento Sostenible anticipa algunos de los temas que desarrollarán las nuevas regulaciones.